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Comentarios a los rumores existentes sobre la oposición de 2022

Tiempo de lectura: 7 minutos

Antecedentes

Existen diversos rumores sobre la oposición que tendrá lugar este año. No hay ninguna certeza hasta que salga la convocatoria, no obstante, circulan mensajes de todo tipo. En nuestra opinión algunos podrían llegarse a producir, otros los vemos más complicados.

Lo que sí tenemos claro es que se van a convocar 125 plazas. Este hecho, sin embargo, no es conocido por toda la gente que se ha puesto en contacto con nosotros.

El objetivo de este post es mostrar un par de cosas que podrían ser llevadas a la práctica y alguna indicación sobre cómo juzgar posibles habladurías que os puedan llegar. Este se estructurará del siguiente modo. En primer lugar, se comentarán los datos ciertos. Posteriormente, se plantearán las restricciones o condicionantes que podría tener el Tribunal a la hora de actuar. Seguiremos con los dos rumores que podrían tener una cierta verosimilitud y valoraremos cada uno de ellos. Por último, sacaremos alguna conclusión.

Empecemos.

Datos ciertos

Lo comentamos en el anterior post. Se van a convocar 125 plazas. Además, Función Pública ha publicado un calendario de las oposiciones de 2022, aquí. En la página 6 del documento podréis ver que se prevé que la convocatoria de la oposición al cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado salga en marzo y que el primer examen sea en mayo.

Más allá de esto, no hay nada seguro.

Condicionantes del Tribunal

Podrían ser dos.

  1. El proceso debe ser lo más rápido posible.
  2. Hay necesidad de efectivos en la Administración, por lo que hay que maximizar el número de aprobados.

Como siempre pasa, no es posible conseguir 1 y 2 a la vez. Si haces las cosas muy rápido aprobarán pocos, ya que habrá poco tiempo para estudiar. Si quieres que mucha gente apruebe, una posible manera de conseguirlo es dando más tiempo para el estudio, penalizando la duración del proceso y el plazo para la incorporación de efectivos.

En ningún caso se contempla la opción de bajar el nivel del aprobado. No se ha hecho ningún año y tenemos serias dudas que nunca se vaya a hacer. Por muchas plazas que haya siempre habrá que llegar al nivel que tradicionalmente se ha exigido.

Rumores verosímiles

Hasta donde sabemos, se han valorado distintas opciones, como que el primer examen sea un test o modificar el orden de las pruebas. Parece que los únicos cambios van a ser los siguientes:

  1. El primer examen seguirá siendo el escrito. No obstante, el lugar de salir 4 temas del grupo I para escoger 2, se sacarán 2 para escoger uno. Se seguiran sacando 2 temas del grupo II para escoger 1. De este modo, en lugar de tener 4 horas y media para hacerlo, tendréis 3 horas.
  2. Existirá la posibilidad de acreditar el nivel de inglés a través de algún tipo de certificado oficial.

¿Algún cambio más? Hasta donde sabemos, no.

Valoración

General sobre los cambios

Hay gente realmente preocupada con lo que puede pasar. Entendemos la situación, pero creemos que hay que tener en consideración una cosa para ser capaces de evaluar hasta qué punto un rumor merece alguna credibilidad.

A estas alturas, imagino que todo el mundo será consciente de que prácticamente la totalidad de los opositores empieza la preparación mucho antes de que salga la convocatoria. De una manera u otra confían en que el proceso ‘n+1’ será muy similar al proceso ‘n’.

Este hecho es perfectamente lógico. Podríamos decir incluso que es deseable. Si no fuera así, todo el mundo partiría de cero con la publicación de la convocatoria, que, si bien puede parecer muy justo y democrático, tiene el pequeño inconveniente de que es posible que entonces no apruebe nadie. Se puede aprobar una oposición empezando a prepararla una vez que esta ha salido, sin embargo, tienes más puntos para que la cosa te salga bien si empiezas antes.

Cualquier cambio radical en las reglas del juego supone cargarse a la cantera, con el pequeño inconveniente de que la cantera la forman prácticamente todos los que se presentan a la oposición, tanto los que se presentan por segunda, tercera o cuarta vez como los que lo van de primerizos.

¿Son los tests, por ejemplo, una mala herramienta para la selección de personal? En absoluto. Ahora bien, se preparan de manera diferente a como se prepara el examen escrito. Si cambias este último ejercicio por un test, no sabes qué puede pasar. El análisis coste-beneficio tenemos serias dudas que salga positivo en estos casos.

De este modo, cualquier rumor puede ser valorado casi por cualquier persona. Si con él la oposición es marcadamente diferente y, por ello, toda la preparación que una persona pueda llevar no sirve de nada, seguramente no se materialice.

¿Queremos con esto decir que estamos condenados al inmovilismo? En absoluto. Lo único que decimos en estos casos es que habría que notificar los cambios con tiempo suficiente si se quieren implantar, para que todo el mundo pueda actuar en consecuencia. ¿Quién los debería notificar? Claramente, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y a partir de ahí ASIINDUS. En una tercera oleada lo podremos hacer las distintas academias. Lo que no estaría justificado sería que esta información no fluyera libremente y se queda confinada en un pequeño grupo de elegidos.

A modo de ejemplo podemos citar el programa de la oposición a Abogado del Estado. El último se aprobó por la Orden JUS/900/2016, de 6 de junio, y a partir de ahí cada convocatoria lo enlaza (ver esta). De este modo, cualquier cambio en el temario se sabe con tiempo y todo el mundo tiene acceso a él. Igual se podría hacer lo mismo con el anexo I de nuestras convocatorias.

Sobre el calendario

El calendario previsto ahora mismo vemos complicado que se pueda cumplir. Veamos los motivos.

Desde que salga la convocatoria hasta la fecha de examen suelen pasar dos meses y medio. En la OEP2016, 2017 y 2018 pasaron exactamente 72, 74 y 75 días, respectivamente. En la OEP2015 y 2019 fueron 102 y 100 días, respectivamente. Los retrasos pudieron estar justificados porque en 2015 se modificó sustancialmente el temario y en 2019 estábamos en medio de la crisis del COVID.

El calendario de Función Pública habla de que la convocatoria saldrá el marzo para que el examen sea en mayo. Con los plazos habituales, dos meses y medio, la convocatoria debería salir en la primera quincena para que, en mayo, en la segunda, sea el examen. Este post se va a publicar el 13 de marzo y no se ha publicado todavía la convocatoria.

De este modo, tiene pinta que todo podría retrasarse un poco. Que el examen sea en junio no es una fecha descartable.

En nuestra opinión, además, si fuéramos miembros del tribunal intentaríamos agotar el plazo que da la convocatoria para el primer examen (4 meses desde su convocatoria), con el fin de que haya más opositores y que puedan ir mejor preparados. De este modo, el escrito se podría ir a julio incluso. Sin embargo, si el condicionante 2 pesa mucho más que el 1 es poco probable que se pueda materializar.

Consideramos que hay que planificarse siempre para el peor escenario, que a fecha de hoy es mayo, según lo dicho por Función Pública. Esto no quita que haya que ser consciente de la viabilidad de dicho escenario y tenerla en cuenta.

Examen escrito

Con el cambio propuesto se logra una cierta agilidad en el proceso. Si la gente lee 2 temas en lugar de 3, es de esperar que el tiempo de lectura se reduzca en un tercio. De este modo, en vez de estar 3 meses con las lecturas del escrito, podrían ser 2. Si sacáis cuatro números, veréis que la dificultad del examen no se ve modificada sustancialmente con esta nueva manera de sacar los temas. De hecho, llevando pocos temas el examen puede ser incluso un poco más fácil de poder hacer (ver gráfica).

Acreditar el nivel del inglés

Como la cosa es más o menos novedosa, no tenemos claro cómo esto se va a hacer. En la convocatoria al Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado, aquí, hay una pista de lo que podría contener nuestra convocatoria. Su propuesta ha sido copiada por el Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado, aquí.

En el anexo IV (o III en el caso de los estadísticos) hay una serie de exámenes asociados a un nivel. Si se acredita algo superior o igual al B2, se puede aportar el título, obteniendo en el examen de idioma la nota que corresponda.

Se da la circunstancia que a todos los títulos se les da un periodo de vigencia máximo de 5 años. Aquellos que tengan uno inferior, será este último el que valga.

El certificado en este caso se tiene que presentar con la instancia. Nos han comunicado que en algunos casos se podría hacer el examen y conseguir la certificación una vez salga la convocatoria.

Relevancia de la existencia de un certificado para aprobar el examen

A algunos les podrá parecer que poder acreditar el nivel de inglés y con ello ahorrarse hacer el examen es una revolución. Nosotros estamos de acuerdo, pero quizá por otro motivo. Intentaremos explicarnos.

Lo que el Tribunal haría con una convocatoria como la de caminos sería poner un precio al aprobado, un B2, por ejemplo. La gran ventaja de conocer el precio de algo es que, de manera mágica, desaparece la arbitrariedad. Nadie puede pretender cobrarte 20 € por una malla de 3 kilos de naranjas si en tu tienda de barrio y en el Mercadona has visto que cuesta unos 3-4 €.

En nuestra valoración del año 2022, aquí, comentábamos que era “posible avanzar en una mayor coherencia en la apreciación en la nota de los distintos tribunales que se puedan configurar”. Un motivo de esto podría ser que no había una referencia clara del nivel que se tenía que superar para conseguir el aprobado.

Es cierto que con el examen de la oposición igual no es sencillo determinar el nivel exacto, pero, quizá, sí que es posible saber quién no llega a un B2. En este caso, solo sería lícito suspender a estos últimos. No parece justo que alguien que tenga ese nivel según un título apruebe y otra persona que también lo tiene pueda suspender porque no se ha tomado la molestia de sacarse el papel.

Los precios disciplinan el mercado. Dudamos que esta idea no pueda ser también de aplicación en el caso del examen de idioma.

Conclusiones

Seremos breves.

  1. El papel todo lo aguanta. La realidad, por su parte, es sumamente terca. Ante cualquier cosa que os digan, por favor, intentad aplicar un poco de sentido común antes de creéroslo. Confiad en vuestras pequeñas células grises.
  2. Va a haber cambios. Deberían ser asumibles por todos.
  3. Sigue siendo un buen momento para empezar a preparar la oposición. Si estás interesados, contacta con nosotros.

Contacto y comentarios

Como siempre, puedes ponerte en contacto con nosotros aquí para tratar el contenido de este post o cualquier otro relacionado con la oposición.

Del mismo modo, agradeceremos cualquier comentario que quieras poner a esta entrada o cualquier otra del blog.

4 Comments

  1. Rober dice:

    Para acreditar el nivel de inglés, en la convocatoria de Caminos que mencionais indica “Alternativamente (…) los opositores que así lo deseen podrán acreditar su conocimiento de inglés presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo IV, siempre y cuando se haya obtenido EN LOS CINCO AÑOS ANTERIORES AL PLAZO DE FINALIZACIÓN DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS”.

    ¿Esto significa que valdrían títulos obtenidos desde 2017 en adelante, incluso en enero de ese año? ¿O desde el mes (y día) de 2017 que coincida con la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias? (dado que más allá habrían transcurrido algo más de 5 años, estrictamente hablando).

    No sé cómo calcula la Administración estos tiempos.

    Gracias.

    • Revisa tu tema 10 del grupo II. Uno de sus epígrafes es “La actividad de las Administraciones Públicas: normas generales de actuación, términos y plazos”. Si con él no puedes responder a la pregunta, igual tienes un problema.

      La referencia legal la tienes en el artículo 30.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

      https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20210710&tn=1#a30

      • Rober dice:

        Gracias, veo que prefieres dar (la) caña que el pez. Mi problema con el artículo 30.4, que por lo visto lo tengo, es que siempre habla de plazos hacia delante, no hacia atrás, pero entiendo que rigen los mismos criterios o muy similares y un título expedido en enero de 2017 queda fuera. Mi duda continuaría existiendo si los plazos estuvieran al límite (porque el artículo dice lo que dice, hacia delante, y lo otro son suposiciones mías).

        Releyendo vuestra entrada en el blog veo que los títulos del anexo tienen una vigencia de 5 años (primera noticia, pero es justo, mantuve mi nivel de inglés durante 5 años pero los últimos 3 meses he olvidado casi todo, fer inaf). Al menos aquí sí puedo aplicar el artículo 30.4 con confianza, por lo que descartada esa opción si decido presentarme.

        • Tu comentario me recuerda mucho un chiste malo, malo y más viejo que la tos.

          Están un francés, un inglés y un español.

          El francés dice:
          – En mi país los aviones aterrizan justo donde les dices. Les indicas una línea y aterrizan justo ahí.
          El inglés y el español no se lo creen así que hacen una prueba y el avión aterriza un metro por delante de la línea.
          El francés para justificarse dice:
          – Bueno… un palmo más, un palmo menos…

          Entonces el inglés dice:
          – Pues en mi país los barcos paran justo donde les dices.
          El francés y el español no dan crédito a lo que oyen así que hacen la prueba y el barco se pasa un metro.
          Entonces dice el inglés para justificarse:
          – Bueno… un palmo más, un palmo menos.

          Entonces dice el español:
          – Pues en mi país comemos las tortillas de patata por la oreja.
          El francés y el inglés flipan en colores así que hacen la prueba y se la come por la boca. Al terminar les dice poniéndose la mano desde la boca a la oreja:
          – Bueno… un palmo más, un palmo menos…

          Dicho esto, casi todos los títulos de idioma no caducan, salvo el TOEFL y alguno más que se sabe que valen durante dos años. El ministerio podría querer tener una mínima seguridad que el certificado que presentes sigue reflejando la realidad. Podrá gustar más o menos, pero no parece que sea nada descabellado.

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