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Análisis del sector de la preparación de la oposición al cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado

Tiempo de lectura: 6 minutos

A la vista de la entrada anterior en la que se expone una práctica de una de las academias que preparan la oposición al cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado, consideramos que podría ser de interés mostrar cuál es nuestra visión del sector. Para ello hablaremos del mercado, de los demandantes y de los oferentes. Finalizaremos la entrada con unas consideraciones a la vista del contenido de esta entrada y la anterior.

Mercado

El mercado es el de preparación de la oposición al cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado. De este modo, los agentes en él serían por un lado los opositores y por el otro las academias o eventuales preparadores. No se contempla, de este modo, la venta de temarios, objeto de otra entrada de este blog.

Demandantes

Los demandantes son aquellas personas que, pudiendo presentarse a la oposición, ahora mismo ingenieros superiores industriales o graduados con el máster habilitante a la profesión de ingeniero industrial, desean opositar.

En términos generales podemos decir que este colectivo tiene las siguientes características generales:

  • Probablemente todos tengan una gran vocación de servicio público, sin embargo, su principal motivación para ser funcionario es cambiar de vida, no tanto de trabajo.
  • Pocos conocen el modo de acceso a la función pública ni a qué oposiciones se podrían presentar.

La mezcla de estas dos características hace que, en nuestra opinión, la información que se da a los interesados deba ser especialmente cuidada.

Por un lado, como, en términos generales, nadie tiene ni idea de lo que son las oposiciones y a cuáles se puede presentar, no está de más hacer mención que un ingeniero industrial puede presentarse a un gran número de oposiciones y quizá la que realmente le pueda interesar a esa persona que tienes delante no sea la de Ingeniero Industrial del Estado.

Por otro lado, el hecho de que quizá la persona a la que estás informando esté más quemada que el palo del churrero no te da derecho a engañarle o decirle cosas que sean manifiestamente matizables.

Oferentes

A fecha de hoy hay cinco academias que preparan la oposición. Dos de ellas dependen de instituciones ligadas a la ingeniería industrial. Otras dos son independientes. La última es un spin-off de una de las primeras.

ASIINDUS, asociación de funcionarios del cuerpo, facilita un listado con estas 5 academias a cualquiera que muestre su interés en preparar la oposición.

Por si acaso alguien no lo tuviera claro, los gestores de este blog preparan también la oposición. Es decir, la Academia T.E. además de tener un blog de información sobre la oposición y su preparación, preparan tanto de forma presencial como online todas las pruebas de la oposición.

Las dos primeras academias tienen como forma fundamental de promoción la base de datos de la institución que les ampara. Las otras tres tenemos que centrar nuestra promoción a través de internet. La última, además, se podría beneficiar de su relación con la academia institucional.

En este momento conviene citar el efecto halo. Según este efecto, de algún modo, si admiramos a alguien por, por ejemplo, su forma de vestir, es bastante probable que nos fiemos también de él cuando nos recomiende un vino, cuando no tenemos ni la más remota idea de si entiende de vinos o su supuesto conocimiento es puro postureo. Dicho de otro modo, que Bono sea un buen cantante y que nos guste mucho U2, no quiere decir que todas las cosas que pueda apoyar sean igual de buenas que su música.

¿Por qué citamos este efecto en este momento?

Porque las academias institucionales se benefician de él. Explicado con un ejemplo que hemos vivido nosotros, la situación sería la siguiente.

Una persona se apuntó con nosotros en la convocatoria pasada. Por distintos motivos tuvo que causar baja. Este año vimos su nombre en la relación de admitidos y en la de personas citadas para leer el examen escrito. Acompañando a uno de nuestros chicos nos la encontramos y fue ella quien se acercó a nosotros para decirnos que si de ella hubiese dependido se hubiese unido a nuestra academia. No obstante, como eran los padres los que pagaban, ellos preferían que se apuntara a una de las academias institucionales, ya que, dado el prestigio de la institución, raro será que esto de preparar oposiciones no sean igual de buenos. Eso no quita para que nos haya recomendado a sus contactos y ahora mismo tengamos a una persona gracias a ella.

¿Son las academias institucionales mejores por el mero hecho de depender de una institución?

La respuesta es clara. NO. ¿Queremos decir con esto que son malas opciones? En absoluto. Lo único que podemos decir, y consideramos que es prácticamente un hecho que no admite discusión, es que depender de una institución no les da ninguna ventaja a los alumnos de la academia.

¿Por qué?

Fundamentalmente porque, hasta donde sabemos, la institución no se mete en la preparación. De este modo, la bondad o maldad de la academia está en el equipo de preparadores. Ese mismo equipo de preparadores actuando para otra institución o de forma independiente serían igual de buenos o malos.

La institución a los únicos que beneficia es a los preparadores, ya que la obtención de la clientela está completamente externalizada a través de mailings a los asociados de la institución, cuando nosotros, las academias independientes, tenemos que buscarnos las habichuelas por nuestra cuenta, generalmente a través de nuestra página web. Adicionalmente, por su carácter institucional, tienen acceso a foros a los cuales jamás podremos acceder.

Por último y para que quede claro, ¿somos las academias independientes, entre las que nos encontramos, mejores que las institucionales por el mero hecho de ser independientes? En este caso la respuesta es también clara, NO.
Cada academia tendrá sus bondades y defectos. Nosotros tendremos cosas buenas que otros no tendrán, del mismo modo que otros tendrán cosas buenas que nosotros no.

Consideraciones tras todo lo anterior

Cualquier interesado debería poder valorar las distintas opciones que el mercado ofrece. En ese análisis, el que una academia sea o no institucional, per se, no deberías ser un factor relevante.

Lo que no debería pasar nunca es que alguna academia intentara engañar con el fin de intentar cerrar el mercado. Esto tiene relación con el post enlazado ya dos veces en esta entrada (con esta última, tres veces).

Parece ser que una academia institucional está diciendo que el primer examen de la convocatoria de 2018 podría ser en noviembre, animando a la gente a apuntarse a la preparación y pagar la cuota anual.

¿Por qué no nos parece esto bien?

En la oposición hay un tema que trata el derecho de competencia. Una de las prácticas ilícitas es el abuso de posición de dominio. Como imagino que podrá en vuestro tema, en el nuestro lo pone, un artículo 2 LDC requiere que en un mercado exista una posición de dominio y que se abuse de ella.

La existencia de un mercado se ha tratado en esta entrada. La posición de dominio es argumentable. Probablemente no exista, pero tal y como la propia institución declara, en el último año, de los 37 aprobados, 18 son suyos, lo que les da, al final de la cadena, una cuota de mercado del 49%. Un dato que podría preguntarse es qué cuota tenían aguas arriba, es decir, en el total de personas que se presentaron al primer ejercicio. Podría ser que la cuota fuera aún mayor y quizá sí que pudiéramos empezar a hablar de una posición de dominio. Con estos datos, recomendamos leer el párrafo 14 de las Orientaciones enlazadas en el párrafo siguiente.

En cualquier caso, en el primer párrafo de las Orientaciones sobre las prioridades de control de la Comisión en su aplicación del artículo 82 del Tratado CE a la conducta excluyente abusiva de las empresas dominantes, elaboradas por la Comisión, se dice lo siguiente:

El artículo 82 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea («el artículo 82») prohíbe los abusos de posición dominante. Según la jurisprudencia, el hecho de que una empresa esté en posición dominante no es ilegal en sí mismo y la empresa dominante tiene derecho a competir basándose en sus méritos. Sin embargo, la empresa en cuestión tiene la responsabilidad especial de no impedir, con su comportamiento, el desarrollo de una competencia efectiva y no falseada en el mercado común.

De este modo tenemos lo siguiente:

  • Un agente en el mercado con una cuota significativa, próxima al 50% y más del doble del siguiente competidor, está animando a apuntarse a la preparación basándose en argumentos cuanto menos cuestionables. Esto podría ir en contra del párrafo 1 de las Orientaciones.
  • La modalidad de contratación que sugieren implica contratar la preparación para todo un año.
  • Esta modalidad podría ser considerada como un cierre del mercado, en la medida que, una vez contratada, la posibilidad de cambiar de proveedor supone la pérdida de una cantidad relevante de dinero por lo que casi con seguridad la opción de cambiar de academia no se contemplará.

No sabemos si la actuación es legal o no, pero éticamente no parece serlo del todo.

Admitimos que pueden existir datos que podrían modificar todo el análisis realizado. En el caso de que se nos aporten y supongan una alteración de nuestras conclusiones, publicaremos la oportuna entrada de disculpas rectificando todo aquello que deba ser rectificado.

Como siempre, puedes ponerte en contacto con nosotros aquí para tratar el contenido de este post o cualquier otro relacionado con la oposición.

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