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Publicada la convocatoria del año 2022

Tiempo de lectura: 5 minutos

Ya la tenemos

Se ha hecho esperar, pero ya la tenemos. Hay al menos una academia que dijo que saldría el 1 de septiembre para que el examen fuera en octubre. Parece que se han columpiado. Podría haber sido peor. Nos podría haber pasado a nosotros.

Habiendo dejado claro que hay que ser prudente con lo que uno oye, pasamos a comentar lo que dice la resolución. Es de esperar que haya novedades relevantes en el proceso selectivo.

Preámbulo

De entrada, da la impresión de que la resolución se ha escrito a prisa y corriendo. Tiene pinta que sobre la que ya podían tener han metido de cualquier manera la mención a la Oferta de Empleo Público de 2022 (OEP2022). Prueba de esto sería que al citar las tres OEPs las separan todas con un ‘y’ (cuando lo habitual es usar primero una coma y al final la ‘y’) y que al mencionar la normativa aplicable omiten el real decreto que aprueba la OEP2022 (habiendo mencionado los que aprueban la OEP2020 y OEP2021). Este real decreto es el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022 (RDOEP2022).

Fe de erratas: en el segundo párrafo del preámbulo citan los reales decretos de las OEP2020, 2021 y 2022. Sin embargo, omiten por error el año 2022 en la siguiente frase: “por los que se aprueban las ofertas de empleo público para los años 2020 y 2021, respectivamente”. Por este motivo erróneamente dijimos que no se había incluido el Real Decreto 407/2022 como normativa aplicable a la convocatoria.

No es que sea grave, pero al redactor de este post le han caído broncas bonitas por cosas más tontas que estas.

Articulado

Punto 2

Se detallan las plazas. En total 204.

Alguien podría decir, si el INAP dijo en su momento que se tenían que convocar 125 plazas (página 6 del documento) y hay que sumar las 80 de la OEP2022, ¿cómo es que no salen 205? Pues porque la OEP2019, que es de donde viene la plaza 125, se publicó en abril de 2019, por lo que ha caducado. Sobre esto, ver la última frase del artículo 70.1 del TREBEP.

Punto 3

Habla del proceso selectivo, que se detalla en el anexo I.

En lo que se refiere a la dinámica de la oposición, los cambios son los esperados.

En el escrito en lugar de sacar 4 temas del grupo I para escoger 2, se sacarán 2 para escoger 1. De este modo, el examen durará 3 horas en vez de 4 horas y media como anteriormente. Es de esperar que esto reduzca también el tiempo que se tarda en sacar las notas.

En el examen de idioma hay más de 10 tipologías de examen para acreditar al menos un B2. En contra de lo que aparecía en otras convocatorias, parece que los títulos no caducan a los 5 años. Solo se pide que estén vigentes, por lo que un título que no tiene caducidad vale. Estaríamos hablando de ese que te sacaste con 17 años y ahora con 32 te estás planteando presentar.

El orden de participación lo marca la letra ‘U’. De este modo, los Unamuno serán de los primeros en leer y los Turrión de los últimos.

Punto 4

El temario, en el anexo II, como siempre, se ha visto modificado. Tenéis el control de cambios aquí. No nos parece que sean de gran entidad.

Punto 5

La titulación exigida es la de siempre, aquella que da acceso a la profesión regulada de ingeniero industrial, es decir, ingeniero superior pre-Bolonia o máster habilitante post-Bolonia.

Punto 6

Si quieres que te convaliden el examen de inglés con el certificado que puedas tener, lo tienes que presentar con la inscripción en el proceso. No se puede presentar después. Por nuestros alumnos, sabemos que hay tiempo para obtener alguno en el tiempo que tenéis disponible.

Punto 7

Parece que estáis obligados a presentar la inscripción por medios telemáticos. Esto no debería ser traumático para nadie.

Como siempre, se da un plazo de 20 días hábiles para presentar los papeles. ¿Cuándo acaba este plazo? Gran pregunta. Por ser conservador, yo asumiría que el 5 de agosto. Ahora mismo el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio no ha dicho que agosto sea inhábil. Otros ministerios sí lo han hecho. ¿Lo puede declarar a posteriori? Diríamos que sí. De hecho sería lo más probable, pero, como siempre, hay que ser conservador.

Punto 8

El tribunal de este proceso selectivo parece que también lo es de otro (“El Tribunal calificador de ambos procesos selectivos”). Solo por curiosidad nos gustaría saber cuál es el segundo.

Históricamente los tribunales titulares y suplentes tenían 7 personas. Este año son de 11.

Los presidentes son viejos conocidos, por lo que es de esperar que su comportamiento sea el habitual.

En algún momento, como en el año pasado, se publicará un breve CV de todos los miembros.

Punto 9

Como siempre, si estáis embarazadas, hay margen para que el proceso se pueda adaptar a vuestra realidad.

Punto 10

¡¡¡¡Que igual tenemos interinos!!!! ¿¿¿¿Todo el sector de la educación se los quiere quitar de encima y ahora vamos nosotros con ellos????

Demagogias aparte, si hay una gran cantidad de trabajo, se puede entender que se quiera emplear esta figura. Recordemos que el TREBEP los define de la siguiente manera: “Son funcionarios interinos los que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales con carácter temporal para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera” (artículo 10 TREBEP). Además, el artículo 3.21 del RDOEP2022 (ese que no se ha incluido como normativa aplicable a este proceso) ya lo preveía.

Ahora bien, no deja de parecer una solución algo particular. Sobre todo, cuando “Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos, será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública”. Igual alguien se apunta con la idea de que al menos puede llegar a ser funcionario interino y, si Función Pública dice que no, pues va a ser que no lo será.

Cosas verdes amigo Sancho.

Apreciación general

El texto tiene algunos errores e incoherencias que consideramos que podrían haber sido resueltos antes de su publicación.

No queda nada claro cuándo acaba el plazo para presentar instancias. No creemos que hubiese costado mucho poner un apartado adicional donde se diga si agosto es hábil o inhábil.

La mecánica de la oposición es la esperada. Hay algún cambio, pero ninguno de gran entidad.

Igual acaban habiendo interinos, pero supeditado todo a la aprobación de Función Pública. Admitiendo que es posible que la solución sea la más idónea, también supone abrir un melón cuyas implicaciones no somos capaces de valorar ahora mismo.

Futuro a corto y medio plazo

Lo primero que todo el mundo tiene que hacer es presentar la instancia, incluyendo el certificado de inglés. Si alguien no lo tuviera, que se informe de con qué prueba puede tener un resultado en un plazo asumible. Nos han dicho que hay varias.

La fecha del primer examen queda un poco en el aire, al no tener claro si agosto es o no hábil. Como ya hemos dicho, si lo es, el plazo para presentar instancias acaba el 5 de agosto. Si no lo fuera, acabaría el 7 de septiembre. De este modo, el examen podría ser desde mediados de septiembre a mediados, finales, de octubre. Como siempre, recomendamos planificarse para el peor escenario.

En la convocatoria se ha omitido la sujeción al RDOEP2022. De este modo, no queda claro si este aplica o no. En nuestra opinión debería hacerlo. Por este motivo, según establece su artículo 3.13 “Se deberán difundir, con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios generales y aspectos a considerar en la valoración que no estén expresamente establecidos en las bases de la convocatoria, […]”. De oficio esto ya se hizo el año pasado.

El calendario de la oposición a partir de ahí habrá que ver cómo queda. Si aplicara el RDOEP2022, en la convocatoria podrían haber cumplido con esto: “las convocatorias deberán prever que los órganos de selección hagan público un cronograma orientativo con las fechas de realización de los procesos selectivos” (artículo 3.5). Eso no quita que lo puedan hacer y publicar algo en la página web de la oposición.

En cualquier caso, la cosa está en marcha y los que no metan la pata en el proceso selectivo es de esperar que veraneen el año que viene sabiendo que serán funcionarios a lo largo del siguiente otoño o invierno.

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