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Actualización sobre la conservación de la nota del examen escrito – Un caso práctico y un premio

Tiempo de lectura: < 1 minuto

En esta entrada decíamos que la nota del examen escrito es probable que se conserve. Ese post no fue fundamentado jurídicamente, sino que más bien estaba basado en un cierto sentido común y nuestra experiencia previa. Desgraciadamente, el tribunal no puede basar su resolución en estos criterios, sino en la norma aplicable, es decir, la convocatoria de la oposición de 2014.

Creemos que no está dicho explícitamente en este blog, pero quizá se pueda entender de su lectura. Un ingeniero, resumiendo mucho, es muy bueno sumando y restando. En su trabajo como funcionario, además deberá ser muy bueno leyendo y escribiendo. Por tanto, planteamos el siguiente caso práctico:

A la vista de la convocatoria de la oposición de 2014 (y de la oferta de empleo público de 2014), elaborad un párrafo debidamente argumentado jurídicamente por el cual resolváis que la nota de aquellos opositores que sacaron más de 21 puntos en el examen escrito conservan su nota en esta convocatoria.

En contra de lo que uno pueda pensar, el derecho no es nada dogmático y cerrado y admite multitud de interpretaciones.

Este ejercicio os puede ser útil para el caso práctico, ya que esta resolución, por ejemplo, la van a redactar Ingenieros Industriales del Estado, por lo que es algo que cae dentro de nuestras  funciones.

Las respuestas colgadlas en los comentarios. Todas las argumentaciones serán comentadas y la que consideremos que está mejor efectuada será la ganadora. El premio serán dos de nuestros temas, el que os daremos en la charla informativa y otro adicional que seleccione el ganador.

10 Comments

  1. Anónimo dice:

    Pues ateniéndose al párrafo de la convocatoria, sinceramente no veo con que criterio se pueden mantener las notas de los ejercicios 1 y 2 de la convocatoria anterior.

    Este es el párrafo del BOE 2014

    "Los aspirantes que alcanzasen el 70 por 100 de la puntuación máxima del primer y/o
    segundo ejercicio obligatorio y no superasen la fase de oposición conservarán dicha
    puntuación y estarán exentos de realizar tales ejercicios en las pruebas selectivas
    inmediatamente siguientes, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de
    calificación de los ejercicios sean idénticos."

    Entiendo que se puedan llegar a considerar "idénticos" (en el Primer examen) cambios por erratas, añadir algún punto como "tendencias" en los temas de Sectores, pero al menos para el primer examen hay 10 temas nuevos y bastantes con cambios significtativos que pueden representar el 20% del temario.

    Así que el conservar la nota de los opositores que el año pasado obtuvieron mas del 70% me parece dificil de argumentar. Ya se que el año pasado se conservó la nota con cambios de temario, y entre convocatorias distanciadas 3 años, pero no se si esto será posible en esta ocasión.

    De alguna forma, la gente que sacó tan buenas notas en el primer examen el año pasado tienen muchas posibilidades (en mi opinión, por supuesto), de ser "victimas colaterales" de esta revisión tan extensa del temario.

    Con el Inglés, pues exactamente lo mismo. Puede haber gente que quiera conservar la nota habiendose examinado en Francés y eso no debería ser aceptable. De todas formas creo que el que sacara una nota superior a 7 en el examen de inglés no tendrá ningún problema en volver a repetirla. No creo que se algo que dependa de 3 meses de estudio y, luego se olvide.

  2. El ejercicio era justificar el sí.

    Si este hubiese sido tu caso práctico hubieses suspendido. Lo siento.

  3. Anónimo dice:

    Hombre, si lo que hacen falta son argumentos para poder justificar una "Prevaricación", perfecto.. pero eso ya no es una cuestion de saber escribir o argumentar.

    El derecho se podrá intentar retorcer por un Abogado, pero un funcionario público no creo que se examine para hacer interpretaciones a sabiendas de que son injustas, sino para aplicarlo.

    No lo sientas, afortunadamente no estás en el Tribunal… Aunque también los tribunales supongo que podrán equivocarse en poner ejercicios sin solución o mal planteados.

  4. Dar respuesta a todos los temas que planteas me llevaría más de lo que sería apropiado para un comentario.

    Veremos qué resuelve el tribunal.

  5. Anónimo dice:

    Se podría basar en que la condición es que el contenido del temario sea idéntico entendiendo como tal la materia de la que tratan los temas en ambas convocatorias (sectores industriales, derecho admtvo, de la ue, organización del estado, teoría económica, economía empresarial, y legislación y políticas sectoriales). Podría argumentar que el contenido del temario es idéntico, pero que la distribución de los temas y epígrafes ha cambiado en algunos de ellos, así como carga de profundidad o generalidad en ciertos casos y o simples utilización de sinónimos (ejemplo cambio de perspectivas por tendencias).

    Espero que no sea así pero en fin, ya veremos.
    David,
    Saludos

  6. ¿Te atreves a redactar la resolución?

  7. Anónimo dice:

    Si, bueno, también se podría argumentar que, efectivamente, los dos temarios se corresponden con los del cuerpo de ingenieros industriales del estado , y que ninguno de ellos coincide con el temario de , por ejemplo, magisterio..
    Seamos serios, idéntico es idéntico. No 10/12 temas nuevos.
    Otra cosa es, como decía el primer compañero, que el Tribunal se invente lo que le venga en gana para justificar lo contrario(que si la abuela fuma y tal..)

  8. Anónimo dice:

    Tal como argumentas en el post, la normativa aplicable a la gente que se presentó en 2014 y quiere presentarse en la 2015, es la publicada en el BOE al que haces mención para lo relativo a la conservación de la nota. Así que la que aplicaría a la gente que se presentó en el 2014 teniendo en cuenta que la última convocatoria fue en 20111 sería esta:

    https://www.boe.es/boe/dias/2011/05/12/pdfs/BOE-A-2011-8292.pdf

    En el párrafo que habla de conservar la calificación , no hay condiciones condiciones de que el temario y la forma de calificación sean idénticos. Así que por supuesto en la convocatoria de 2014 el Tribunal no tuvo ningún problema en dictar una resolución aceptando la conservación de la nota, pero en este me parecería bastante injusto (para el resto de opositores) que lo hiciera . Y por los primeros que lo siento es por los opositores que están en esta situación, por supuesto… que podrían haberse ido repasando todo el temario nuevo y no empezar a estudiar a fondo el tercer examen, para que no les sirva de mucho si la convocatoria hubiese sido con unos plazos razonables.

  9. En un comentario anterior se hablaba de la Justicia. He encontrado este documento que intenta definirla. Queda absolutamente fuera del ámbito de la oposición, pero, como diría mi profesor de electro de primero, "para vuestros múltiples ratos de ocio".

    https://kontencioso.files.wordpress.com/2015/09/kelsenjusticia.pdf

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